EVALUACIÓN DE RIESGOS
Este apartado ha sido extractado de la guía para evaluación de riesgos del INSHT, para una mayor profundización en el tema, visitar dicha página.
Actualmente se reconoce que la evaluación de riesgos es la base para una gestión activa de la seguridad y la salud en el trabajo.
Es obligación del empresario:
- Realizar una evaluación inicial de riesgos.
- A partir de esta, planificar la acción preventiva.
La evaluación de los riesgos laborales:
- Es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse.
- Obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.
El proceso de evaluación de riesgos se compone de las siguientes etapas:
1. Análisis del riesgo , mediante el cual se:
- Identifica el peligro.
- Se estima el riesgo, valorando conjuntamente la probabilidad y las consecuencias si se materializa el peligro.
El Análisis del riesgo proporcionará una unidad de medida del riesgo.
2. Valoración del riesgo , con el valor del riesgo obtenido, y comparándolo con el valor del riesgo tolerable, se emite un juicio sobre la tolerabilidad del riesgo en cuestión.
- No existe riesgo. No es necesaria ninguna medida concreta.
- Riesgo no tolerable, hay que Eliminar o Controlar el riesgo . Son necesarias medidas concretas para dicho riesgo.
Al proceso conjunto de evaluación del riesgo y control de riesgos, se denomina, Gestión del riesgo.
Características de la evaluación de riesgos:
- Solo podrá ser realizada por personal profesionalmente competente.
- Si de la evaluación de riesgos se deduce la necesidad de adoptar medidas preventivas, se deberá: eliminar o reducir el riesgo, mediante medidas de prevención:
- En el origen del riesgo.
- Medidas organizativas.
- Medidas de protección colectiva.
- Medidas de protección individual.
- Con la formación e información a los trabajadores.
- Controlar periódicamente las condiciones, la organización y los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores.
- El empresario deberá consultar a los representantes de los trabajadores, o a los propios trabajadores en ausencia de representantes, acerca del procedimiento de evaluación a utilizar en la empresa o centro de trabajo.
- En cualquier caso, si existiera normativa específica de aplicación, el procedimiento de evaluación deberá ajustarse a las condiciones concretas establecidas en la misma.
- La evaluación inicial de riesgos deberá hacerse en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la empresa, teniendo en cuenta:
- Las condiciones de trabajo existentes o previstas
- La posibilidad de que el trabajador que lo ocupe sea especialmente sensible, por sus características personales o estado biológico conocido, a alguna de dichas condiciones.
- Deberán volver a evaluarse los puestos de trabajo que puedan verse afectados por:
- La elección de equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, la introducción de nuevas tecnologías a la modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo.
- El cambio en las condiciones de trabajo La incorporación de un trabajador cuyas características personales o estado biológico conocido los hagan especialmente sensible a las condiciones del puesto.
- La evaluación de riesgos debe ser un proceso dinámico. La evaluación inicial debe revisarse cuando:
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- Así lo establezca una disposición específica.
- Cuando se hayan detectado daños a la salud de los trabajadores.
- Cuando las actividades de prevención puedan ser inadecuadas o insuficientes.
- Periódicamente con la periodicidad que se acuerde entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
Finalmente la evaluación de riesgos ha de quedar documentada, debiendo reflejarse, para cada puesto de trabajo cuya evaluación ponga de manifiesto la necesidad de tomar una medida preventiva, los siguientes datos:
- Identificación de puesto de trabajo
- El riesgo o riesgos existentes
- La relación de trabajadores afectados
- Resultado de la evaluación y las medidas preventivas procedentes
- Referencia a los criterios y procedimientos de evaluación y de los métodos de medición, análisis o ensayo utilizados, si procede.
TIPOS DE EVALUACIONES
Las evaluaciones de riesgos se pueden agrupar en cuatro grandes bloques:
- Evaluación de riesgos impuesta por legislación específica.
- Evaluación de riesgos para los que no existe legislación específica.
- Evaluación de riesgos que precisa métodos especializados de análisis.
- Evaluación general de riesgos.
Evaluación de riesgos impuesta por legislación específica
- · Legislación Industrial
En numerosas ocasiones gran parte de los riesgos que se pueden presentar en los puestos de trabajo derivan de las propias instalaciones y equipos para los cuales existe una legislación nacional, autonómica y local de Seguridad Industrial y de Prevención y Protección de Incendios.
Si cumplen la legislación, significa que el riesgo está controlado. Por ejemplo, el marcado C€ de máquinas y equipos. Si una máquina tiene este marcado, el fabricante garantiza que la máquina está libre de peligros. Así en una evaluación de este tipo de riesgos, el técnico de prevención debe asegurarse que las instalaciones y equipos cumplen con la legislación.
Lista no exhaustiva de los grandes bloques de legislación de Seguridad Industrial y de Prevención y Protección de Incendios.
- Prevención de riesgos laborales
Algunas legislaciones que regulan la prevención de riesgos laborales, establecen un procedimiento de evaluación y control de los riesgos. Por ejemplo, el R.D. 1316/1989 de 27 de Octubre sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido.
Evaluación de riesgos para los que no existe legislación específica
Hay riesgos en el mundo laboral para los que no existe una legislación, ni comunitaria ni nacional, que limite la exposición a dichos riesgos.
Sin embargo existen normas o guías técnicas que establecen el procedimiento de evaluación e incluso, en algunos casos, los niveles máximos de exposición recomendados.
En la página 10 del documento, en el anexo A, se puede ver una Lista no exhaustiva de las normas o guías aplicables a la evaluación de distintos tipos de riesgos.
Evaluación de riesgos que precisa métodos especializados de análisis
Existen legislaciones destinadas al control de los riesgos de accidentes graves (CORAG), cuyo fin es la prevención de accidentes graves tal como incendios, explosiones, emisiones resultantes de fallos en el control de una actividad industrial y que puedan entrañar graves consecuencias para personas internas y externas a la planta industrial.
Alguna de estas legislaciones exigen utilizar métodos específicos de análisis de riesgos, tanto cualitativos como cuantitativos, tales como el método HAZOP , el árbol de fallos y errores, etc.
Evaluación general de riesgos
Sirve para evaluar los riesgos que no han sido evaluados por alguno de los otros tres métodos. (Ver desarrollo completo según la guía del INSHT)
Dado que este método de evaluación de riesgos es ampliamente utilizado, y de gran utilidad práctica, vamos a hacer un resumen del mismo que podemos concretar en el siguiente esquema:
1 Análisis del riesgo .
En el análisis de riesgos se detectan los peligros existentes en nuestro lugar de trabajo (identificación de peligros) y se cuantifica su grado de peligrosidad (estimación de riesgos).
1.1 Identificación del peligro.
En esta etapa vamos a constatar los riesgos que aparecen en nuestro lugar de trabajo y para cada puesto de trabajo específico. Es útil categorizarlos en distintas formas, por ejemplo, por temas: mecánicos, eléctricos, radiaciones, sustancias, incendios, explosiones, etc. Existe toda una serie de listas de chequeo con los principales peligros.
1.2 Estimación del riesgo .
Una vez identificados los riesgos vamos a asignarles un valor de peligrosidad. Esto se hace teniendo en cuenta de manera conjunta:
1.2.1 La probabilidad de que ocurra un accidente.
1.2.2 La potencial severidad del daño, es decir; las consecuencias si se llega a producir un accidente.
El Análisis del riesgo proporcionará una unidad de medida del mismo o Nivel de riesgo, clasificándose este nivel de riesgo, en orden creciente de peligrosidad, en trivial, tolerable, moderado, importante e intolerable.
El cuadro siguiente da un método simple para estimar los niveles de riesgo de acuerdo a su probabilidad estimada y a sus consecuencias esperadas.
NIVELES DE RIESGO
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Se puede observar claramente que aumenta el nivel de riesgo a medida que aumentan, aunque sean por separado, la probabilidad de sufrir un determinado y las consecuencias para la salud de los trabajadores, produciéndose el máximo nivel de riesgo cuadro se conjugan ambos casos (una probabilidad alta de sufrir un accidente con una consecuencia extremadamente dañina para la salud de los trabajadores).
Ejemplo:
Un obrero trabaja sin casco debajo de un andamio en el que otros compañeros están realizando labores de desescombrado.
Ya que caen cascotes frecuentemente podemos afirmar que tiene una probabilidad alta de ser alcanzado por uno de ellos en la cabeza, siendo sus posibles consecuencias calificadas como extremadamente dañinas, al poder sufrir lesiones graves e incluso la muerte.
Con la estimación conjunta de ambos factores nos da un nivel de riesgo Intolerable
2 Valoración del riesgo , con el valor del riesgo obtenido, y comparándolo con el valor del riesgo tolerable que se puede admitir, se emite un juicio sobre la tolerabilidad del riesgo en cuestión. Así podemos estimar que:
- No existe riesgo: no es necesaria ninguna medida concreta.
- Existe un riesgo no tolerable: hay que Eliminar o Controlar el riesgo . Son necesarias medidas concretas para dicho riesgo.
Al proceso conjunto de evaluación del riesgo y control de riesgos, se denomina, Gestión del riesgo.
Los niveles de riesgos indicados en el cuadro anterior, forman la base para decidir si se requiere mejorar los controles existentes o implantar unos nuevos, así como la temporización de las acciones. En la siguiente tabla se muestra un criterio sugerido como punto de partida para la toma de decisión. La tabla también indica que los esfuerzos precisos para el control de los riesgos y la urgencia con la que deben adoptarse las medidas de control, deben ser proporcionales al riesgo.
Riesgo |
Acción y temporización |
Trivial ( T ) | No se requiere acción específica. |
Tolerable ( TO ) | No se necesita mejorar la acción preventiva. Sin embargo se deben considerar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica importante. Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control. |
Moderado ( M ) | Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, determinando las inversiones precisas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un período determinado. Cuando el riesgo moderado esta asociado con consecuencias extremadamente dañinas, se precisará una acción posterior para establecer, con más precisión, la probabilidad de daño como base para determinar la necesidad de mejora de las medidas de control. |
Importante ( I ) | No debe comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Puede que se precisen recursos considerables para controlar el riesgo. Cuando el riesgo corresponda a un trabajo que se está realizando, debe remediarse el problema en un tiempo inferior al de los riesgos moderados. |
Intolerable ( IN ) | No debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos ilimitados, debe prohibirse el trabajo. |
Control del riesgo
Si los resultados de la evaluación pusieran de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario realizará aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos.
Dichas actividades serán objeto de planificación por el empresario, incluyendo para cada actividad preventiva:
- El plazo para llevarla a cabo.
- La designación de responsables.
- Los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución.
El empresario deberá asegurarse de la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación, efectuando para ello un seguimiento continuo de la misma.
Los métodos de control deben escogerse teniendo en cuenta los siguientes principios:
- Combatir los riesgos en su origen . Por ejemplo, ante un escape de gas reparar el orificio donde se produce la fuga, no basta con proporcionar una mascarilla a los trabajadores.
- Adaptar el trabajo a la persona , teniendo en cuenta las diferentes características de los trabajadores.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica .
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
- Adoptar las medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores .
3 Documentación de la evaluación de riesgos.
Dentro de la documentación que debe aportar el empresario en relación a la prevención de riesgos laborales, Art. 23 de la LPRL , está la de evaluación de riesgos para la seguridad y salud en el trabajo.
Evaluación de riesgos.
- Medidas de control.
- Propuestas de eliminación o reducción de riesgos.